Desde hoy rige la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias impulsada por el ministro de Economía, Sergio Massa, propuesta que fue aprobada por el Congreso el mes pasado; permitiendo de este modo que el 99,2% de los trabajadores y jubilados queden exentos del pago del tributo.

Vale recordar que a partir de la eliminación de la cuarta categoría, se incrementó a 15 salarios mínimos vitales y móviles ($1.980.000) el piso de ingresos brutos mensuales a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados comienzan a pagar el impuesto.

De esta forma, el 99,2% de los trabajadores y jubilados quedaron exentos mientras que seguirán pagándolo aproximadamente unos 88.000 contribuyentes que ocupan cargos gerenciales y directivos.

Esta modificación rige para las remuneraciones o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de octubre y que comenzarán a abonarse desde el día de hoy.

En campaña

“El valor de la palabra y las prioridades claras. Estamos trabajando sin descanso para devolver el poder adquisitivo del salario a los argentinos y argentinas. Sergio Massa prometió y cumplió”, manifestó el jefe de gabinete y candidato a vicepresidente por Unión por la Patria (UxP), Agustín Rossi en X (exTwitter).

En la misma red social, el ministro de Obras Públicas, Gabriel Katopodis, afirmó que la medida traerá “alivio fiscal” y permitirá “cuidar el ingreso de los argentinos y argentinas”.

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El cambio permitirá un aumento del sueldo desde noviembre “de 20% a más del 20%” para quienes estaban alcanzados por el impuesto, afirmó también el director del Banco Central, Agustín D'Attellis.

Lo que entra en vigencia a partir de hoy es el Decreto 473 que establece que “para el segundo semestre del periodo fiscal 2023”, el mínimo no imponible de Ganancias “ascenderá a una suma mensual equivalente -conforme el monto que esté vigente al 1º de octubre de 2023-, a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM)", es decir, de $ 1.980.000.

Este tope se mantendrá hasta fines de diciembre.

Por ley

Luego, a partir del 1 de enero, entrará en vigencia la Ley 27.725, sancionada por el Congreso el 28 de septiembre último y que fue promulgada el pasado 6 de octubre.

La Ley volvió de carácter permanente los cambios introducidos por el Ejecutivo a través del decreto precedente.

La iniciativa fue aprobada en el Senado por 38 votos a favor, aportados por el Frente de Todos (FdT), sus aliados y Unidad Federal, y 27 en contra por parte de Juntos por el Cambio (JxC).

De esa forma, se creó un nuevo tributo equivalente a Ganancias denominado “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros” a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos por mes y con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%.

El mínimo no imponible se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM, reflejando el valor vigente al 1 de enero y 1 de julio de cada año.